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Asuntos Consulares/Visado

Cómo solicitar visado

  1. Asuntos Consulares/Visado
  2. Cómo solicitar visado

 GUÍA DE SOLICITUD DE VISADO


1. Les rogamos que formalicen la solicitud de los visados con un mes de antelación de la fecha de entrada a Corea del Sur.

   Esta Embajada no ofrece información turística. Cualquier consulta sobre información turística PULSE AQUÍ 

   ▶ Toda la información relacionada con asuntos de aduana(equipaje, productos permitidos, etc) puede consultarla con la Aduana Coreana(Korea Customs Service) PULSE AQUÍ 


2. Si desea saber si necesita un visado y de qué tipo para viajar a la República de Corea, puede consultar la siguiente página web de la oficina de inmigración de Corea : http://www.visa.go.kr


3. Para la obtención del visado, el interesado deberá acudir PERSONALMENTE al Consulado de la Embajada de la República de Corea en Madrid con CITA PREVIA . El visado no se puede solicitar por correo, fax, agencias externas ni representantes familiares.

   ▶ Los solicitantes de Visado que se comporten de forma incorrecta, presionen, agredan verbalmente, amenacen o arrojen objetos al personal consular durante la tramitación del Visado, podrán tener restricciones para la obtención del mismo durante un periodo que puede durar hasta 3 años.

   ▶ Los solicitantes que realicen declaraciones falsas o aporten documentos manipulados podrán tener restricciones para la obtención del Visado durante un periodo que puede durar hasta 3 años.


4. Desde el 1 de junio de 2017, para solicitar un visado en esta Embajada se debe obligatoriamente solicitar cita previa a través del servicio de cita previa automatizada, PULSE AQUÍ. Tomamos la cita en orden de recepción. Por favor, pedir la cita con suficiente antelación(ver punto 5). Se puede solicitar cita previa con una antelación máxima de un mes.

 Los solicitantes de Cataluña, Cdad. Valenciana e Islas Baleares dirígense al Consulado General de la República de Corea en Barcelona y los interesados que desean solicitar el visado en el Consulado General de la República de Corea en Barcelona, PULSEN AQUÍ


Horario de Consulado General de la República de Corea en Barcelona (Visados)

   ▶ Es imprescindible solicitar cita previa : únicamente dos días, miércoles y viernes de 10:00 a 13:00 horas.

   ▶ Consultas sobre visados dirigidas al Consulado General de la República de Corea en Barcelona : barcelona@mofa.go.kr

   ▶ Dirección : Paseo de Gracia 103, 08008 Barcelona, España

   ▶ http://overseas.mofa.go.kr/es-barcelona-es/wpge/m_21214/contents.do


5. El trámite de visado tarda mínimo 2 semanas. Durante las temporadas de alta demanda de visado, de junio a agosto y de diciembre a febrero, el trámite podría demorarse más.


6. NO SE DISPONE DE UN SERVICIO URGENTE PARA EL TRÁMITE DE VISADO.Todas las solicitudes salvo los diplomáticos y los invitados por el Gobierno de la República de Corea, se tramitan por orden de recepción de solicitud. Por favor, solicite el visado con la suficiente antelación(ver punto 5).


7. La presentación de la solicitud no garantiza la obtención de visado. Este Consulado no exige la compra del billete de avión. Si usted lo adquiere con antelación a la emisión de nuestro visado, la Embajada DECLINA CUALQUIER RESPONSABILIDAD en el caso de no poder realizar su viaje.


8. La solicitud se puede gestionar con un máximo de 3 meses de antelación.


9. Si Vd. ha obtenido el Número de Confirmación de Visado (CERTIFICATE FOR CONFIRMATION OF VISA ISSUANCE) debe consultar por correo electrónico el proceso de tramitación del visado puesto que la gestión es distinta. Más información sobre el Número de Confirmación de Visado, PULSE AQUÍ

   ▶ Información de la solicitud de Visado de Estudios (D-2, D-4), PULSE AQUÍ

   ▶ Información de la solicitud de Visado de Turismo (C-3-9), PULSE AQUÍ

   ▶ Información de la solicitud de Visado de Trabajo Temporal (C-4), PULSE AQUÍ

   ▶ Información de la solicitud de Visado de Negocios (C-3-4), PULSE AQUÍ

   ▶ Información de la solicitud de Visado de Working Holiday (H-1), PULSE AQUÍ

   ▶ Información de la solicitud de Visado de Conyuge (F-6-1), PULSE AQUÍ


No debería Vd. solicitar visado hasta que no obre en su poder la totalidad de la documentación necesaria.

Todos los extranjeros están obligados a presentar la Notificación de Aprobación de Visado en el control de pasaportes. (VER LA GUÍA)


10. Las tasas de visado varían según la nacionalidad, el tipo y la duración del visado. Los ciudadanos españoles están exentos del pago de la tasa.

En el momento de presentar la solicitud de visado debe abonarse la tasa establecida, que no será devuelta en caso de denegación. Los precios de la lista pueden variar con base a la cotización del dólar.

   ▶ Menos de 90 días con entrada única : 36.00 €

   ▶ Más de 90 días con entrada única : 54.00 €

   ▶ Las tasas de visado según la nacionalidad, PULSE AQUÍ

   ▶ LISTA DE PAÍSES CON EXENCIÓN DE LAS TASAS DE VISADO, PULSE AQUÍ

   ▶ PÁGINA WEB RELACIONADA : www.hikorea.go.kr

   ▶ Consultas sobre visados: sc_madrid@mofa.go.kr

   ▶ Consultas sobre visados dirigidas al Consulado General de la República de Corea en Barcelona: barcelona@mofa.go.kr


Importante : Para la consulta por correo electrónico debe identificarse con nombre y apellidos y Nº de pasaporte. Además debe añadir la siguiente información: 1) nacionalidad, 2)motivo del viaje, 3) tipo de visado, 4) duración de la estancia y 5) especificar de manera clara y concisa el motivo de su consulta.



Última actualización: 6 de septiembre de 2021